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CONGRESO DE LOS DIPUTADOS 28 DE JUNIO DE 2002. La Comisión de Educación, Cultura y Deporte, en su sesión del día 19 de junio de 2002, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley sobre la presentación de la candidatura del Flamenco como «Patrimonio Oral de la Humanidad» (núm. expte. 161/1259), presentada por el Grupo Parlamentario Mixto y publicada en el «BOCG. Congreso de los Diputados», serie D, núm. 315, de 4 de marzo de 2002, en los siguientes términos:

«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a, siguiendo las directrices del Consejo del Patrimonio Histórico, presentar la candidatura del Flamenco como Patrimonio Oral e Inmaterial de la Humanidad ante la UNESCO.»

A dicha Proposición no de Ley se formuló una enmienda, cuyo texto, asimismo, se inserta.

Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara. Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de junio de 2002.—P. D. La Secretaria General del Congreso de los Diputados, Piedad García-Escudero Márquez.

A la Mesa de la Comisión de Educación, Cultura y Deporte

El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, tiene el honor de presentar la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario Mixto, sobre la presentación de la candidatura del Flamenco como «Patrimonio Oral de la Humanidad».

Madrid, 18 de junio de 2002.—Luis de Grandes Pascual, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.

Enmienda

De modificación

El texto quedará redactado de la siguiente forma:

«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a, siguiendo las directrices del Consejo del Patrimonio Histórico, y cuando éste lo estime oportuno, presentar la candidatura del Flamenco como Patrimonio Oral e Inmaterial de la Humanidad ante la UNESCO.»

Justificación

Mejora técnica.

La Proposición no de Ley presentada era la siguiente:

A la Mesa del Congreso de los Diputados

Al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, el Grupo Parlamentario Mixto, a instancia del Diputado del Partido Andalucista, José Núñez Castaín, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la presentación de la candidatura del Flamenco como «Patrimonio Oral de la Humanidad», para su debate en la Comisión de Educación, Cultura y Deporte.

Exposición de motivos

El cante flamenco es una genuina y ancestral expresión del pueblo andaluz y a su vez una de las más originales creaciones humanas que existen hoy en el mundo con una proyección universal indudable. Los modos y formas del cante flamenco, sello inconfundible de la identidad cultural andaluza, han ejercido desde hace tiempo una influencia inequívoca en otras músicas del mundo, populares, cultas o clásicas, en América, África, Europa o, últimamente, Asia.

El flamenco, y sin menoscabo de su purismo, es además una expresión abierta a otras influencias venidas de los cuatro puntos cardinales. El legado del cante flamenco se ha basado tradicionalmente en la transmisión del testamento oral de los antepasados, de padres a hijos, hasta la actualidad, al margen de la prestigiosa labor recopilatoria de antropólogos y folkloristas como Demófilo o Rodríguez Marín, siendo todavía hoy una expresión de los sentimientos humanos basada en la transmisión oral.

En el año 1972 la Confererencia General de la UNESCO aprueba la Convención General para la Protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural como figura jurídica a escala internacional para la salvaguarda y preservación del patrimonio mundial. Como prolongación de estas actividades, la División del Patrimonio Cultural de la UNESCO organizó una consulta internacional de expertos sobre la preservación de los espacios culturales populares celebrada, por iniciativa de intelectuales marroquíes y del escritor español Juan Goytisolo en la ciudad de Marrakech, en junio de 1997, en donde fue definido el nuevo concepto de Patrimonio Oral de la Humanidad, instando a la UNESCO a la creación de una distinción internacional para valorizar las obras maestras de este tipo de Patrimonio.

En coherencia con esta Consulta internacional de expertos sobre la preservación de los espacios culturales populares, se adoptó un proyecto de resolución por la Conferencia General en su 29.a reunión. De conformidad con esta resolución, este punto fue debatido por el Consejo Ejecutivo de la UNESCO.

En noviembre de 1999, el Consejo Ejecutivo decidió crear una distinción internacional titulada «Proclamación por la UNESCO de las obras maestras del patrimonio oral e intangible de la humanidad» siendo el 18 de mayo del año 2001 proclamadas las primeras 19 obras maestras del patrimonio oral e inmaterial. Se considera que, aun con la buena salud de la que goza el cante andaluz en los últimos tiempos después de épocas de secreto y clandestinidad, es necesario y deseable un apoyo más decidido de las instituciones y un conocimiento más extenso de esta profunda expresión cultural andaluza por parte de otros pueblos, como enriquecimiento del patrimonio oral de toda la especie humana en su modalidad oral.

Por todo ello, el Grupo Parlamentario Mixto presenta la siguiente Proposición no de Ley.

«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de la nación a: Emprender las medidas necesarias para presentar la candidatura del Flamenco como «Patrimonio Oral de la Humanidad» ante la Comisión Nacional de la UNESCO.»

Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de febrero de 2002.—José Núñez Castaín, Diputado.—Francisco Rodríguez Sánchez, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.